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sábado, 6 de noviembre de 2010

El MERCOSUR y el comercio con Israel



Foto soldado israelí apuntando a civiles; no  comerciemos  con asesinos.

Los Países del MERCOSUR No deben ratificar El tratado de libre comercio con Israel.

Los países del MERCOSUR firmaron un acuerdo de libre comercio (TLC) con Israel el 18 de diciembre 2008.

El MERCOSUR debe presionar a Israel para que implemente los derechos humanos negándose a ratificar el TLC o El MERCOSUR vincula claramente los acuerdos comerciales a los derechos humanos. El TLC socava los derechos humanos, apoyando a un abusador en serie de los derechos humanos.

Ese acuerdo lleva a MERCOSUR a un conflicto con su compromiso declarado a los propósitos y principios de las Naciones Unidas o El TLC amenaza con legitimizar los asentamientos ilegales y refuerza sus beneficios.

El acuerdo no contiene ninguna cláusula donde comprometa a Israel a la democracia, lo que contradice los compromisos del MERCOSUR.

El TLC ignora las exigencias del derecho internacional y del derecho internacional humanitario.
El TLC apoya a empresas involucradas en crímenes de guerra y en actividades ilegales a través del acceso al comercio preferencial.

MERCOSUR se ha comprometido en utilizar las relaciones económicas para promover los derechos humanos. Este TLC hace lo contrario.
Israel no cumple con la norma del MERCOSUR de la democracia y los derechos humanos:

Punto numero 1: Israel ataca continuamente los derechos humanos fundamentales y las libertades.

Punto numero 2: Israel continuamente viola la Ley internacional.

Punto numero 3: Israel no es una democracia.

El MERCOSUR vincula claramente los acuerdos comerciales a los derechos humanos.

El TLC socava los derechos humanos, apoyando a un abusador en serie de los derechos humanos.

La declaración firmada por los presidentes del MERCOSUR claramente vincula los acuerdos comerciales a la promoción de los derechos humanos, las libertades fundamentales y la democracia:

Protocolo de Asunción sobre Compromiso con la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Mercosur.

1 (Junio 2005), Afirma que la democracia, el desarrollo y el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales son interdependientes.

Declaración sobre Derechos Humanos de los Presidentes del Mercosur y Estados Asociados (Diciembre 2005).

2 Protocolo de Ushaia sobre Compromiso Democrático en el Mercosur, la República de Bolivia y la Republica de Chile.

Israel no respeta los derechos humanos y las libertades fundamentales (véase el punto número 1).

El TLC socava los derechos humanos, apoyando a un abusador en serie de los derechos humanos. El acuerdo hará las violaciones contra los derechos humanos que Israel comete más sostenibles y lucrativas.

Mediante la firma del TLC, el MERCOSUR está violando su compromiso de promover el respeto de los derechos humanos.

En el Protocolo de Ushuaia, el MERCOSUR establece un sistema de presión económica con la suspensión de acuerdos comerciales con los Estados afiliados, cuyo funcionamiento democrático es interrumpido. Este compromiso del MERCOSUR a utilizar su influencia económica para garantizar los derechos fundamentales y los valores defendidos por los países del MERCOSUR deben aplicarse más allá de sus

Estados miembros.

1 "Protocolo de Asunción sobre Compromiso con la Promoción y Protección de los Derechos Humanos"

2 “Declaración de los Derechos Humanos de los presidentes del Mercosur y países asociados”.

Este acuerdo lleva a MERCOSUR a un conflicto con su compromiso declarado a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Los países del MERCOSUR se han comprometido públicamente a defender los propósitos de las Naciones Unidas.

Declaración Política del Mercosur, Bolivia y Chile como Zona de Paz, Hecha en Ushuaia 3 (Julio 1998).

Declaración Presidencial sobre Compromiso del Mercosur con el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional 4 (Junio 2005).

Israel continuamente viola los propósitos y la resolución de las Naciones Unidas (véase el punto número 2). El TLC prestará apoyo económico a Israel, apoyando tácitamente sus violaciones en vez de cuestionarlas.

El TLC amenaza con legitimizar los asentamientos ilegales.

En contra de los propósitos de las Naciones Unidas y resoluciones de la ONU, el TLC legitimiza las reivindicaciones de Israel sobre sus asentamientos, declarados ilegales por las numerosas resoluciones de las Naciones Unidas y la decisión de la Corte Internacional de Justicia en julio de 2004:

El TLC no pone ninguna limitación a Israel para este denomine a los productos de los asentamientos de Cisjordania y del Este de Jerusalén como "productos israelíes".

Incluso va más allá y define el territorio de origen de los productos agrícolas y otros como “sus mares territoriales, su zona económica exclusiva o su plataforma continental” (subrayado nuestro). Los asentamientos son, evidentemente, zonas económicas exclusivamente israelí. Esto abre todas las puertas para que los productos de los asentamientos sean libremente - y con una reducción en los aranceles - importados a los países del MERCOSUR.

Israel intentara exportar productos de los asentamientos ilegales en virtud del acuerdo, como lo hicieron con el Acuerdo de Asociación con la UE, desembocando en una batalla legal de diez años.

3 “Declaración de Política del Mercosur, Bolivia y Chile como zona de paz”.

4 "Declaración Presidencial sobre el Compromiso del Mercosur en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional".

Tal como está redactado, el TLC abre la puerta a la exportación de productos de los asentamientos ilegales, y el apoyo y la legitimación de la ocupación ilegal de Cisjordania.

El acuerdo no contiene una cláusula de compromiso de Israel a la democracia, lo que contradice los compromisos del Mercosur.

MERCOSUR se comprometió a que los acuerdos comerciales deban contener cláusulas que comprometan a las partes a la democracia.

Esto está explícito en la Declaración Presidencial sobre Compromiso.

Democrático en el Mercosur (junio de 1996).

El TLC con Israel no incluye semejante cláusula. El acuerdo es por lo tanto incompatible con los valores y las normas establecidas por el MERCOSUR.

La definición de democracia del MERCOSUR incluye el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Debido a los abusos de los derechos humanos y las libertades fundamentales, así como la discriminación sistemática, Israel no puede ser considerado una democracia que se ajusta a las normas del MERCOSUR (véase el punto número 3 abajo).

El TLC ignora las exigencias del derecho internacional y del derecho internacional humanitario Además de su compromiso declarado, el MERCOSUR tiene obligaciones bajo el derecho internacional de no apoyar las violaciones de Israel:


La decisión de la CIJ sobre la ilegalidad del Muro establece obligaciones claras para las partes del IV Convenio de Ginebra:

"Todos los Estados tienen la obligación de no reconocer la situación ilegal resultante de la construcción del muro y de no prestar ayuda o asistencia para mantener la situación creada por dicha construcción; todos los Estados en el Cuarto Convenio de Ginebra relativo a la protección de las personas civiles en tiempo de guerra, del 12 de agosto de 1949 tienen además la obligación, mientras respetando la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional, de garantizar el cumplimiento por parte de Israel del derecho
internacional humanitario incorporado e5n dicho Convenio" .

El IV Convenio de Ginebra establece claramente en el artículo 1 que las partes en los Convenios "se comprometen a respetar y hacer respetar el presente Convenio en todas las circunstancias".

El TLC a través de su apoyo económico a Israel hace que indirectamente se preste ayuda y asistencia a la situación creada por el muro y amenaza con apoyar directamente a las empresas que se están beneficiando del muro y la situación creada por este. El MERCOSUR no cumple con sus obligaciones de garantizar el respeto al IV Convenio de Ginebra, por no utilizar su influencia económica contra de los crímenes de guerra israelíes. Como se explicó anteriormente, la definición de territorio de origen le da un reconocimiento implícito a la situación ilegal creada por el Muro.

El TLC abre el acceso al comercio preferencial a las empresas implicadas en crímenes de guerra y actividades ilegales.

La industria israelí, con el apoyo de las autoridades, está involucrada en graves violaciones del derecho internacional.

Apoyo a la industria israelí, inherente en el TLC, constituye un apoyo a esta actividad ilegal.

Cada dólar ganado a través del comercio y la cooperación con Israel apoya el mantenimiento de la ocupación israelí y las políticas de apartheid.

La mayoría de las exportaciones israelíes a los países del MERCOSUR son productos químicos, en particular fertilizantes, seguidos por maquinaria.

Cuatro fábricas de productos químicos israelíes operan actualmente en los asentamientos de Cisjordania. Algunas de ellas cerraron sus operaciones en Israel con el fin de transferirlas a los asentamientos, donde no están limitadas por las regulaciones sobre salud, seguridad y medio ambiente. Casi ninguna de las empresas israelíes produciendo fertilizantes no suministran a los asentamientos israelíes así.

La producción agrícola de Israel se lleva a cabo en su mayoría en tierras palestinas o sirias confiscadas y ocupadas, y las reservas de agua palestinas ilegalmente apropiadas son utilizadas en su regadío.

5 “Declaración Presidencial sobre Compromiso del Mercosur para la Democracia”.
Sus zonas industriales en tierras palestinas ocupadas y confiscadas ilegalmente están creciendo.

Su producción de alta tecnología de vanguardia es en gran medida resultado de los altos niveles de financiamiento de investigación y desarrollo para el aparato militar israelí que mantiene la ocupación, su capacidad de "probar" cualquier producto militar o de seguridad con el pueblo palestino y los estrechos lazos de dicha actividad para investigación “civil".

El TLC no contiene mecanismos para asegurar que los exportadores cumplan con el derecho internacional.

* No hay mecanismos para garantizar que las empresas que están vendiendo maquinaria al MERCOSUR no estén también suministrando a el ejército de ocupación Israelí y las empresas de construcción que están construyendo el muro.

* No hay cláusula bloqueando que las importaciones principales del Mercosur a Israel sean revendidas en los asentamientos israelíes, a los soldados que cometen crímenes de guerra contra el pueblo palestino, los generales que planean las estrategias destinadas a convertir nuestras comunidades en guetos, a los políticos que promueven la expulsión de los palestinos.

MERCOSUR corre el riesgo de ponerse al margen de la ley internacional, si se niega a cumplir con su obligación de garantizar el respeto al IV Convenio de Ginebra y la decisión de la CIJ.

Las Naciones Unidas se han negado descaradamente a cumplir con su mandato de garantizar la aplicación de la ley internacional en Palestina. Esto no deja exentos a los Estados miembros a tomar acción. Más bien, impone la responsabilidad a cada estado para garantizar que cumple con los convenios internacionales y respeta los derechos humanos cuando trata con Israel.

MERCOSUR se han comprometido a utilizar medios económicos para promover los derechos humanos. Este TLC hace lo contrario.

Las negociaciones sobre el TLC son cruciales para entregar un mensaje a Israel de que sus violaciones en curso no serán toleradas.

• El director general del Ministerio israelí de Industria del Comercio y Trabajo, Raanan Dinur, ha afirmado que "este es uno de los pasos más importantes que ha tomado Israel en el comercio exterior en los últimos años".

El MERCOSUR tiene reglas claras para la presión económica sobre los Estados miembros en caso de violaciones de los principios de la democracia y los derechos humanos. No tenemos conocimiento alguno de que tal tipo de acción haya sido adoptada hasta ahora por los cuatro países miembros del MERCOSUR para apoyar la aplicación de la democracia y los derechos humanos en Palestina.

Si los derechos humanos son universales, el MERCOSUR debería aplicar presión económica para apoyar los derechos humanos, incluso más allá de sus Estados miembros. El relator especial de la ONU sobre los derechos humanos en los territorios palestinos ocupados, John Dugard, exhorta a los organismos regionales para aplicar presión sobre Israel para que cumpla con el derecho internacional.

• Un ex miembro de la Comisión para la Verdad y la Reconciliación de Sudáfrica, Dugard recordó la importancia de las sanciones internacionales - no al "compromiso" con el régimen del apartheid - impuestas por distintos Estados sobre la Sudáfrica del apartheid en la década de 1980.

Los países del MERCOSUR se encuentran en una posición fuerte para tomar una postura dura de negociación con Israel sobre los derechos humanos, el derecho internacional y la ocupación.

* Brasil es el tercer destino de las exportaciones mas importantes de Israel, sin el acuerdo de libre comercio, mientras que el comercio con Israel tiene un papel mucho menos importante para los países en el Mercosur.

Los países del Mercosur deberán abstenerse del TLC u otros acuerdos hasta que Israel cumpla con el derecho internacional, los derechos humanos y las pertinentes resoluciones de la ONU.

Israel no cumple con la norma MERCOSUR para la democracia y los derechos humanos: información clave.

Punto número 1: Israel ataca continuamente los derechos humanos fundamentales y las libertades.

El Consejo de Derechos Humanos enumera los "territorios palestinos ocupados desde 1967" como uno de los doce países merecedores de un relator especial para vigilar los abusos de derechos humanos y que las acciones de Israel sean asunto permanente del orden del día.

Israel ha violado casi todos los derechos consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que ha sido ratificado por Israel.

Los abusos israelíes de derechos humanos han sido documentados por organizaciones palestinas, como la Campaña Popular Palestina contra el Muro del Apartheid, Al-Haq y el Centro Palestino para los Derechos Humanos, así como por los observadores internacionales como el Relator Especial de Naciones Unidas, John Dugard.

Israel viola los derechos de los refugiados. Israel se niega a permitir a los refugiados palestinos el regreso a sus tierras, en violación de artículo 13 (2) de la Declaración de los Derechos Humanos, a pesar de las resoluciones de la ONU, pidiendo que lo haga.

Con sus continuos ataques a los palestinos en Cisjordania y Gaza, Israel viola diariamente los derechos fundamentales palestinos. Entre los derechos violados hay los siguientes:

Derecho a la educación: las escuelas palestinas son demolidas, se les impide a los estudiantes y los profesores llegar a los centros educativos a través del sistema de cierre y el Muro del Apartheid.

Derecho a la vida familiar: la Ley de Nacionalidad y la Entrada en Israel niega a los palestinos con ciudadanía israelí, el derecho a obtener la condición de ciudadano para sus cónyuges, de Cisjordania y Gaza. Se les impide a los palestinos llegar a sus familias a través de los toques de queda y el cierre.

Derecho a una vivienda: los palestinos están sujetos a la demolición frecuente de sus de viviendas, especialmente en Jerusalén, donde se les niega el permiso de planificación para evitar la expansión de las comunidades palestinas.

Derecho a un juicio justo: los palestinos son detenidos arbitrariamente y encarcelados sin juicio o recurso legal.

Israel practica discriminación racial y el apartheid. Los palestinos que viven como ciudadanos de Israel son sometidos a una sociedad de dos niveles en la que se les discrimina sistemáticamente.

En marzo de 2007, el Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación Racial encontró a Israel en violación de la Convención para la Eliminación de la Discriminación Racial en algunos puntos. Manifestó su preocupación por la negativa de Israel a suministrar la información pertinente.

Denegación de acceso a los palestinos a la tierra y los recursos es la política oficial de Israel dentro de la Línea Verde. La Administración Israelí de Tierra, que controla el 93% de las tierras disponibles discrimina abiertamente contra el no judío, y hay una desigualdad flagrante en la asignación de los recursos del Estado en educación y vivienda. La propuesta "Ley del Fondo Nacional Judío" es el siguiente paso natural, negando a los palestinos el derecho a comprar tierras de propiedad del KKL bajo ninguna circunstancia.

Punto número 2: Israel viola continuamente el derecho internacional.

Los Estados del Mercosur se han comprometido a respetar el derecho internacional y las resoluciones de la ONU. El TLC entre MERCOSUR y Israel corre el riesgo de infringir las obligaciones de los Estados miembros del MERCOSUR en virtud del derecho internacional. Israel viola continuamente el derecho internacional.

Se niega a cumplir con la decisión de la CIJ (9 de julio de 2004) sobre la ilegalidad del muro. La sentencia los tribunales, incluida la necesidad de derribar el muro fue confirmada por la resolución ES-10/15 de la Asamblea General (20 de julio de 2004)

Se niega a cumplir con El Cuarto Convenio de Ginebra, particularmente con respecto a la prohibición de cambio de territorio, a la transferencia de la población, y al cumplimiento con las obligaciones en materia de salud y el bienestar de la población ocupada. Argumenta que los convenios no son aplicables en Palestina.
Viola, de forma activa, más de 100 resoluciones de la ONU, incluida la resolución 181 sobre la partición de Palestina, la 242 sobre la retirada de Cisjordania y Gaza y la 194 sobre el retorno de los refugiados.

La fuerza económica de Israel es utilizada para negar los propósitos de las Naciones Unidas. Se utiliza para mantener:

Sesenta años de ocupación y apartheid.

Proyectos ilegales como la construcción del Muro del Apartheid, encarcelar a la población palestina en Cisjordania y Gaza, la construcción de asentamientos israelíes.

El encarcelamiento arbitrario de más de 11.000 presos políticos palestinos o La devastación de la economía palestina.

Punto número 3: Israel no es una democracia.

Los Estados del Mercosur se han comprometido a promover la democracia mediante la inclusión de una cláusula democrática en los acuerdos comerciales.

El TLC no tiene una, e Israel no se ajusta a las normas de la democracia del MERCOSUR.

Israel no puede calificarse como una democracia, mientras restringe los derechos de la ciudadanía sobre una base racial. Israel es un estado “etnocrático" que otorga privilegios a la población judía y excluye a la población autóctona palestina.

La Ley de Nacionalidad y Entrada en Israel niega a los palestinos con ciudadanía israelí el derecho a obtener la condición de ciudadano para sus cónyuges de Cisjordania y Gaza. El Tribunal Supremo de Israel ha rechazado los recursos contra la orden. La ley ha sido condenada por la ONU.

Los órganos del Estado discriminan activamente a los no-judíos. El 18 de julio de 2007, un proyecto de ley racista titulado "Ley de Fondo Nacional Judío" se aprobó en la lectura preliminar en el Knesset. En ella se estipula que las tierras propiedad del Fondo Nacional Judío (KKL) controlado por el Estado debe destinarse exclusivamente a los judíos. El proyecto de ley completó la siguiente fase parlamentaria y ahora está pasando a ley.

El servicio de inteligencia Shin Bet afirma el derecho de atacar a todas las publicaciones jurídicas que ponen en peligro el "carácter judío" de Israel.

Los palestinos indígenas que representan el 20% de la población son atacados por el estado cuando se organizan para obtener reconocimiento político.

El Estado de Israel restringe el discurso cívico libre - un signo vital de la democracia - e intenta excluir todas las voces que desafían el carácter exclusivamente judío de las instituciones israelíes. El Ministro de Educación canceló recientemente un programa de educación experimental por incluir artículos de Edward Said y el miembro árabe del Knesset (MK) Dr. Azmi Bishara.

La ocupación ilegal en curso hace imposible la democracia. Israel niega derechos democráticos a más de cuatro millones de palestinos en Cisjordania y Gaza, que han vivido bajo la ocupación Israelí durante 40 años. Son reprimidos con órdenes militares, juzgados por tribunales militares y detenidos durante años sin acusación o cargo. Los palestinos que viven en Jerusalén oriental, que está bajo el derecho internacional de Cisjordania, se les niega incluso su derecho a votar en las elecciones palestinas.

Anexo A: Documentos pertinentes del MERCOSUR y declaraciones.


DOCUMENTO 1. 
Protocolo de Asunción sobre Compromiso con la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Mercosur (19.06.05) i "Protocolo de Asunción sobre el Compromiso para Promover y Proteger los Derechos Humanos".

El protocolo fue firmado el 19 de junio de 2005 por los entonces presidentes de todos los países del MERCOSUR. En él se describe que la democracia, el desarrollo y el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales son interdependientes.

El comercio y los acuerdos comerciales con Israel contradicen estos valores establecidos.

El documento describe que la creación de un mercado común es un proyecto político, y no simplemente uno de carácter económico:

En efecto, los avances en la construcción del mercado común implican necesariamente la conformación de un ''espacio político común” en el que en forma implícita rige una "política MERCOSUR”.

El documento deja claro que el desarrollo y las relaciones económicas y comerciales por su propia naturaleza o avanzan o contradicen los valores de la democracia, los derechos humanos y las libertades fundamentales.

“Lo expresado en la Declaración y el Programa de Acción de la Conferencia Mundial de  Derechos Humanos de 1993, que la democracia, el desarrollo y el respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales son conceptos interdependientes que se refuerzan mutuamente”.

DOCUMENTO 2. Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el Mercosur, la República de Bolivia y la República de Chile.

ARTICULO 2.
Este Protocolo se aplicará a las relaciones que resulten de los respectivos Acuerdos de integración vigentes entre los Estados partes del presente Protocolo, en caso de ruptura del orden democrático en alguno de ellos.

ARTICULO 3.
Toda ruptura del orden democrático en uno de los Estados partes del presente Protocolo dará lugar a la aplicación de los procedimientos previstos en los artículos siguientes.

ARTICULO 4.
En caso de ruptura del orden democrático en un estado parte del presente Protocolo, los demás Estados Partes promoverán las consultas pertinentes entre sí y con el Estado afectado.
ARTICULO 5.
Cuando las consultas mencionadas en el artículo anterior resultaren infructuosas, los demás Estados Partes del presente Protocolo, según corresponda de conformidad con los Acuerdos de integración vigentes entre ellos, considerarán la naturaleza y el alcance de las medidas a aplicar, teniendo en cuenta la gravedad de la situación existente. Dichas medidas abarcarán desde la suspensión del derecho a participar en los distintos órganos de los respectivos procesos de integración, hasta la suspensión de los derechos y obligaciones emergentes de esos procesos”.

En el Protocolo de Ushuaia, se definen claros medios económicos de presión para
garantizar que las reglas democráticas se aplican.

DOCUMENTO 3.
Declaración Política del Mercosur, Bolivia y Chile como Zona de Paz, Hecha en Ushuaia, 24 de Julio de 1998 “Declaración Política del Mercosur, Bolivia y Chile como Zona de Paz”.
La Declaración de 1998 comprometen los Estados del MERCOSUR a los principios y
propósitos de las Naciones Unidas:

“RATIFICANDO su compromiso con los propósitos y principios de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas y la Carta de la Organización de los Estados Americanos […]

REAFIRMANDO que el fiel respeto a esos principios y propósitos, así como el fortalecimiento de la democracia representativa, el respeto a los derechos humanos, las libertades fundamentales, el progreso social y la protección del medio ambiente constituyen elementos fundamentales para el afianzamiento de la paz y la seguridad en la región,” Israel viola cada uno de los cuatro 'propósitos' de las Naciones Unidas:

• Mantener la paz y la seguridad internacional;
• Desarrollar relaciones de amistad entre naciones, basadas en el respeto al principio de igualdad de derechos y libre determinación de los pueblos;
• Lograr la cooperación internacional y promover y alentar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales;
• Ser un centro que armonice los esfuerzos de las naciones.

DOCUMENT 4:
Declaración sobre Derechos Humanos de los Presidentes del Mercosur y Estados Asociados.

Los presidentes del MERCOSUR y los estados asociados expresan su compromiso con los derechos humanos:

“1. La plena vigencia de los principios y valores que sustentan la Declaración Universal de Derechos Humanos del 10 de Diciembre de 1948, y la necesidad de velar por el respeto de los derechos y las libertades fundamentales de todos sin discriminación por motivo de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole. […]

4. Reafirman el compromiso con el respeto, protección y promoción de los Derechos Humanos, con base en los principios de universalidad, indivisibilidad e interdependencia de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales; y se comprometen a aplicar las políticas públicas tendientes a asegurar su efectivo ejercicio.”

Israel no respeta los derechos humanos y las libertades fundamentales. El TLC entre MERCOSUR e Israel hará que el sistema israelí de violaciones de derechos humanos sea más sostenible y rentable.

Documento 5.
Declaración Presidencial sobre el Compromiso Democrático en el Mercosur, Potrero de los Funes, (junnio de 1996).

“5.- Las Partes deberán incluir una cláusula de afirmación del compromise con los principios democráticos en los acuerdos del MERCOSUR con otros países o grupo de países.”

Los principios de la democracia se definen asimismo en el Protocolo de Asunción: “SUBRAYANDO lo expresado en distintas resoluciones de la Asamblea General y de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que el respeto a los derechos humanos y de las libertades fundamentales son elementos esenciales de la democracia;” (Protocolo de Asunción sobre Compromiso con la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del Mercosur, 19 de junio de 2005).

El TLC entre MERCOSUR e Israel no incluye la cláusula mencionada anteriormente que presupone un acuerdo sobre un compromiso con la democracia.
De hecho, teniendo en cuenta las definiciones de la democracia dadas por MERCOSUR en otras partes, es evidente que Israel no puede ser considerada una democracia que cumple con las normas del MERCOSUR.

Apéndice B: Abuso de Israel al Acuerdo de Asociación de Comercio de la UE- productos de los asentamientos e implicaciones para MERCOSUR.

Resumen:
Desde la firma del Acuerdo de Asociación de Comercio de la UE en 1995, Israel trató de abusar de dicho acuerdo exportando productos provenientes de asentamientos ilegales, beneficiándose de aranceles reducidos.
Los estados europeos se opusieron, ya que aceptar esta disposición habría significado legitimar la ocupación ilegal de Cisjordania y Gaza por parte de Israel. El resultado fue una batalla legal que se prolongó durante 10 años, durante los cuales, Israel continuó con sus intentos de desacatar el consenso internacional.
En 2005, la ocupación fue obligada, en términos legales y técnicos, a proveer a la UE con la información necesaria para identificar los productos procedentes de los asentamientos.
Hoy en día, estos productos no se benefician de la exención de aranceles aduaneros cuando son exportados a la UE bajo el marco del Acuerdo de Asociación de Comercio de la UE.
Es probable que Israel aplique las mismas técnicas abusivas en su compromiso con MERCOSUR. Los países del MERCOSUR deben resistir cualquier intento Israelí de usar el acuerdo como herramienta política para legitimar los asentamientos ilegales.


La cuestión.
Entre 2000 y 2005, la UE y la Ocupación mantuvieron una disputa legal sobre los productos procedentes de los asentamientos ilegales, bajo los términos del Acuerdo de Asociación de Comercio de la Unión Europea.

El Acuerdo de Asociación es un acuerdo comercial que brinda la exención de aranceles para los productos Israelíes importados a Europa.
La UE argumentó que los productos de los asentamientos no pueden ser etiquetados como “made in Israel” ya que no vienen de Israel sino de los Territorios Ocupados Palestinos. Consecuentemente no son aptos para la exención de aranceles bajo el marco del Acuerdo.
La ocupación no estaba de acuerdo y se negó a cooperar en la identificación del origen de los productos.
Finalmente, la Ocupación dio un paso atrás. Hoy en día existe un mecanismo de verificación para identificar el origen de los productos. Los que provengan de los asentamientos no deben, actualmente, estar exentos de los aranceles.

La disputa.
Las cuestiones fueron legales y políticas. La Ocupación tenía un interés político en mantener su posición, que es la de que los asentamientos son parte de Israel. Por otro lado, la UE quería mantener su postura acerca de las fronteras israelíes y el no reconocimiento de los asentamientos.
La postura de la UE respecto a la fronteras Israelíes está definida según las Resoluciones 242 y 338 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas (fronteras anteriores a 1967). Las tarifas arancelarias preferenciales marcadas por el acuerdo no son aplicables a Cisjordania, Gaza, los Altos de Golán o Jerusalén Este.
Esta no era fundamentalmente una cuestión económica. Del total del comercio entre Israel y la UE, que asciende a 20 billones de dólares americanos al año, “los productos conflictivos por su origen” supusieron tan solo 7 millones, aproximadamente entre un 0-1,5 % del total.

El mecanismo de verificación.
Según los observadores, el mecanismo implementado por la UE para verificar el origen de los productos está funcionando razonablemente bien. La Ocupación etiqueta los productos de los asentamientos, y los exportadores deben identificarlos como tales. Estos productos no se benefician del acuerdo con la UE.
Sin embargo, la administración de la Ocupación subsidia a los productores en los asentamientos para que éstos sean competitivos en relación con los que están situados dentro de las fronteras del 48.
El etiquetado en los supermercados es todavía una responsabilidad individual de los estados miembros de la UE.

Cronología.

1997
- Primeras preguntas del Parlamento Europeo y de los funcionarios de aduanas poniendo en duda el cumplimiento Israelí del tratado de aduana.
- La Comisión europea presenta una queja.
- Israel no responde.
- Bruselas envía una comisión de investigación.

1998
- La comisión de investigación de la UE informa de que hay importantes violaciones del acuerdo: “la validez de todos los certificados preferenciales expedidos por Israel, para todos los productos, son puestos en duda.”
- El gobierno Israelí informa a los directivos europeos de que los asentamientos son parte de Israel, y que continuarán exportando a Europa los productos de los mismos con aranceles aduaneros reducidos bajo el marco del Acuerdo.
- Según las disposiciones de “no cooperación” del acuerdo, había bases legales para la suspensión del mismo. Sin embargo, la UE prefirió confiar en las autoridades Israelíes para aclarar el origen de los productos mediante procesos de verificación, antes que optar por la suspensión del acuerdo.
- Las autoridades Israelíes declararon que todos los productos eran originarios de Israel.

Enero a Marzo de 2000
- La Comisión Europea, tácitamente, acordó ignorar las violaciones Israelíes como
una concesión para el Proceso de Oslo.
- Bajo sugerencia Israelí, la UE intentó convencer a la Autoridad Palestina de que aceptara tener en su territorio asentamientos considerados parte del territorio aduanero Israelí, sometidos a su propio acuerdo de comercial con la UE, pero la AP lo rechazó.
- La UE trató de obtener, voluntariamente por parte de los Israelíes, un listado de todos los productos producidos en los asentamientos, pero Israel se negó a colaborar.
- Los miembros de la UE se fueron frustrando cada vez más. La Comisión Europea aconsejó eficazmente a los estados miembros que la verificación del origen era su propia responsabilidad.

23 de noviembre de 2001
- La Comisión emitió una “nota a los importadores” de productos Israelíes, reiterando su advertencia de que las obligaciones retroactivas podrían ser reclamadas si los productos fueran posteriormente identificados como procedentes de los Territorios Ocupados Palestinos.

Mayo 2002
- En respuesta a la masiva invasión de Cisjordania, el Parlamento Europeo votó a favor de suspender el Acuerdo, invocando la cláusula relativa a derechos humanos. Pero la CE (que no está obligada a seguir las resoluciones del Parlamento) desechó la votación.

21 de octubre de 2002
- La comisión dio 10 meses a Israel para que aclarara su posición y reconsiderara la situación de los asentamientos.

2002
- Los Estados miembros adoptaron una postura apropiada hacia los productos de los asentamientos. El 6 de Julio, el Ministerio de Medio Ambiente y Agricultura Británico informó a los supermercados acerca de la obligación de identificar claramente los productos procedentes de los asentamientos.
- El 3 de Abril de 2003, las autoridades Británicas informaron de que negarían los beneficios arancelarios a una serie limitada de productos Israelíes, “donde haya dudas razonables que lo justifiquen”.

Principios de 2003
- El presidente danés de la UE instó a la Comisión Europea a informar a los Ministerios Europeos de cualquier avance en las negociaciones entre la UE y los expertos Israelíes.

Noviembre de 2003
- La UE e Israel fracasaron a la hora de llegar a un acuerdo. La UE acusó a Israel de dar largas al asunto.
- Tras ser presionado, Israel acordó quitar las etiquetas que reivindicaban que los productos producidos en los asentamientos y en los Territorios Ocupados estaban hechos en Israel.

Noviembre 2003-Diciembre 2005
- Los Israelíes ignoraron el acuerdo y continuaron etiquetando los productos de los asentamientos como “made in Israel”.

14 de diciembre de 2004-Diciembre de 2005
- Las nuevas disposiciones técnicas adoptadas por el Comité de Cooperación aduanera de Israel y la UE exigen que todas las importaciones de los asentamientos Israelíes indiquen el lugar de producción y sean acompañadas de un código postal. Las medidas se aplican desde el 1 de febrero de 2005. La tarifa completa correspondiente a los impuestos aduaneros debe ser abonada por cualquier mercancía que sea identificada como originaria de un asentamiento.

4 de diciembre de 2008
- El parlamento de la UE aprobó el 4 de diciembre un resolución para no votar sobre la mejora del Acuerdo de de Asociación. Un movimiento que ha sido descrito por el vicepresidente del Parlamento Europeo como ‘un importante signo político’ hacia Israel de que ‘ha llegado el momento que el gobierno Israelí no se considere a sí mismo por encima de la ley y empiece a respetarla, empezando con la congelación de los asentamientos y el fin al asedio a Gaza.
Hasta que el gobierno Israelí no dé esos signos, el parlamento Europeo no estará listo para votar.’

2009
- Clare Short, Miembro del Parlamento del Reino Unido, y una red de grupos Europeos en campaña sobre Palestina han iniciado acciones legales contra la Comisión Europea y el consejo de ministros de la Unión Europea por no respetar sus obligaciones a la luz de las violaciones de Israel de la ley humanitaria internacional y la ley de derechos humanos.
- La UE no ha renovado el Plan de Acción del Acuerdo de Asociación entre UE Israel
y si el 1 de enero de 2010 no se llega a un acuerdo sobre un nuevo Pan de Acción, el Acuerdo habrá vencido de facto.

Fuente i http://www.mercosur.int/msweb/portal%20intermediario/es/index.htm

Gracias por el aporte a Liz.

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